• Miguel Ángel Mancera, Tanya Müller, Alejandra Barrales y los partidos que conformaron la coalición “Por la Ciudad de México al Frente”, fueron acusados por presunto uso indebido de programas sociales con fines electorales.
  • En los procedimientos se abordaron acusaciones por presunto uso indebido de recursos públicos, actos anticipados de campaña y publicación de contenido calumnioso, entre otros.

En Sesión Pública celebrada este sábado el Pleno resolvió respecto al procedimiento TECDMX-PES082/2018, que Miguel Ángel Mancera, Tanya Müller, Alejandra Barrales, el PRD, el PAN y Movimiento Ciudadano, todos ellos de la Ciudad de México, así como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia capitalino no son responsables por uso indebido de programas sociales con fines electorales al aplicar aquellos denominados “Bebé Seguro”, “Programa de Verificación Vehicular” y la regularización de trabajadores de la CDMX, lo anterior al considerar que las pruebas presentadas por los denunciantes, Mikel Arriola Peñalosa y el PRI, resultan insuficientes para comprobar dichas acusaciones.

En el procedimiento TECDMX-PES-086/2018, en el cual el partido MORENA en la Ciudad de México acusaba a Margarita María Martínez Fisher, en su calidad de Diputada de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Candidata a la Alcaldía en Miguel Hidalgo, Alejandra Barrales Magdaleno, en su calidad de Candidata a la Jefatura de Gobierno de esta Ciudad, así como a la coalición “Por la CDMX al Frente”, por la presunta realización de actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada por la publicación de veinticuatro mensajes en las redes sociales Twitter, Facebook e Instagram, así como su participación en dos eventos, el Pleno declaró inexistentes las violaciones objeto de la denuncia, ya que no se advierte algún beneficio en favor de las candidatas, ni de la Coalición que las postuló, por lo que no se puede determinar alguna conducta que pudiera infringir la normativa electoral y no se advierte además que se hayan destinado recursos públicos para la realización de los eventos investigados ni que en ellos se hayan realizado llamados al voto.

Por último, relativo al procedimiento TECDMX-PES-089/2018 promovido por Margarita María Martínez Fisher en contra de Julio César Higuera Elizondo, en su carácter de Presidente del Consejo Ciudadano en Miguel Hidalgo por la presunta realización de publicaciones en Facebook con contenido calumnioso, el Pleno del TECDMX determinó señalar la inexistencia de la conducta denunciada ya que no se tiene por acreditada la autoría de la publicación en dicha red social, pues no existe prueba alguna que vincule, ni siquiera de manera indiciaria, al presunto responsable.

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* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes