TECDMX-JDC-028/2024
Acuerdos de Trámite22 de abril de 2024
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JDC-028/2024.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la documentación listada.
Acuerdos de Trámite archivos - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JDC-028/2024.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la documentación listada.
Téngase por recibida la documentación y se radica el expediente en la ponencia de la Magistratura Instructora.
Se ordena formular el proyecto de acuerdo plenario atinente.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México informando sobre los actos de cumplimiento del Acuerdo Plenario de Reencauzamiento y Medidas Cautelares.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se requiere al órgano responsable para que informe el estado procesal del expediente CNHJ-CM-070/2024.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Dese vista a la parte demandada con copia simple del escrito de cuenta.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal para que emita certificación.
Al no existir diligencias pendientes por desahogar, se ordena formular el proyecto de resolución que corresponda.
Al no existir diligencias pendientes por desahogar, se ordena formular el proyecto de resolución que corresponda.
Al no existir diligencias pendientes por desahogar, se ordena formular el proyecto de resolución que corresponda.
Téngase por recibida la documentación y se radica el expediente en la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno que para tal efecto se lleva en la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Agréguese para que obre como en Derecho corresponda la documenatación de cuenta.
Se tiene domicilio y correo electrónico de la parte deunciante para oír y recibir notificaciones, así como los domicilios y correos electrónicos señalados por las personas probables responsables.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transpareia toda la información pública generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y será accesible a cualquier persona.
Se requiere a la autoridad responsable para que remita copia certificada de constancias.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se requiere a la autoridad responsable para que remita copia certificada de las actuaciones que haya realizado en la queja CNHJ-CM-072/2024.
Se requiere a la Secretaria General de este Tribunal para que emita certificación.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la Encargada de Despacho de la Contraloría Interna de este órgano jurisdiccional remitiendo copias certificadas.
Dese vista a la parte actora para que manifiste por escrito lo que a su Derecho correspoda.
Se tiene al Tribunal demandado exhibiendo los registros de asistencia de la parte actora.
Téngase por recibida la documentación y se radica el expediente en la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno los datos de identificación del asunto de merito.
Agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda la documentación de cuenta.
Se tiene domicilio y correo electrónico de la parte denunciante para oír y recibir notificaciones y del probable responsable el domicilio señalado.
Se requiere a las personas denunciantes para que manifiesten por escrito su consentimiento para restringir el acceso público a sus datos personales.
Téngase por recibida la documentación y se radica el expediente en la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno los datos de identificación del asunto de merito.
Agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda la documentación de cuenta.
Se tiene domicilio y correo electrónico del probable responsable para oír y recibir notificaciones.
Téngase por recibida la documentación y se radica el expediente en la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno los datos de identificación del asunto de merito.
Agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda la documentación de cuenta.
Se tiene domicilio y correo electrónico de la parte denunciante para oír y recibir notificaciones y del probable responsable el domicilio señalado.
Acta de Audiencia.
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JDC-027/2024.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la documentación listada.
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JE-010/2024.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la documentación listada.
Téngase por recibida la documentación y agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se remíte el expediente a la Ponencia de la Magistrada Martha Leticia Mercado Ramírez, para los efectos a que haya lugar.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la Secretaria de la Dirección Distrital 19 del Instituto Electoral Local remitiendo documentación en cumplimiento de la sentencia dictada en autos.
Se tiene a la parte actora controvirtiendo el acuerdo emitido por la autoridad responsable.
Se admite a trámite la demanda de juicio.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas documentales ofrecidas por las partes.
Se cierra la intrucción en el presente juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Se radica el expediente en la ponencia de la Magistratura Instructora y agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se tiene domicilio y personas autorizadas por la parte actora, para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado.
Se tiene a la autoridad responsable manifestando su consentimiento para no restringir el acceso público a los datos del expediente.
Se tiene por recibido el escrito de comparecencia de las parte tercera interesada.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se admite el juicio.
Se admiten las pruebas y serán valoradas al momento de resolver.
Se cierra la intrucción en el presente juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se radica el expediente en la ponencia de la Magistratura Instructora.
Se tiene domicilio y correo electrónico por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda de juicio, toda vez que reúne los requisitos generales.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas documentales ofrecidas por la autoridad responsable.
Se cierra la intrucción en el presente juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Téngase por recibida la documentación para los efectos legales a que haya lugar.
Agréguense los documentos precisados en la cuenta.
En su oportunidad, archívese el expediente.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a las partes terceras interesadas compareciendo al juicio en que se actúa y señalando domicilio y correo electrónico para oir y recibir notificaciones.
Se admite el juicio en el que se actúa.
Se admiten las pruebas y serán valoradas en el momento procesal oportuno.
Se cierra la intrucción en el presente juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Téngase por recibida la documentación y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a las personas señaladas como autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado.
Se requiere a las personas señaladas como autoridad responsable.