TECDMX-PP-003/2026
Acuerdos de Trámite09 de enero de 2026
Se tiene por recibido el expediente.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México, a través de su representante legal, promoviendo el Procedimiento Paraprocesal.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte promovente para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte promovente para que exhiba la documentación correspondiente.
Se admite a trámite el Procedimiento Paraprocesal y se señala fecha y hora para la celebración de la diligencia de ratificación y cumplimiento de convenio.
Se requiere a las partes para que manifiesten su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere al ciudadano para que señale dos cuentas de correo electrónico personal o institucional, así como un número telefónico para oír y recibir notificaciones.
