Ciudad de México, a 1º de octubre de 2020

Boletín Nº 70

Las Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebraron Sesión Pública de resolución a distancia por videoconferencia, a fin de resolver 25 Juicios Electorales (JEL) y 2 Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JLDC).

Al resolver el juicio TECDMX-JEL-194/2020 y TECDMX-JEL-359/2020 (Acumulados), promovidos por Gloria García Camacho y María Elena Sánchez Boyso, quienes controvirtieron la constancia de asignación e integración de la Comisión de Participación Comunitaria (COPACO) en la unidad territorial Providencia II, demarcación Gustavo A. Madero; el Pleno determinó revocar la citada constancia e incluir en el lugar 9 a Gloria García Camacho.

Asimismo, en el expediente TECDMX-JEL-216/2020, promovido por Javier Rebollo Garduño, en contra de la constancia de asignación e integración de la COPACO de la unidad territorial Jardines de San Lorenzo, demarcación Iztapalapa; las Magistraturas resolvieron confirmar el acto impugnado, ya que la autoridad responsable aplicó correctamente la acción afirmativa a favor de una persona candidata joven en el lugar 9 de la COPACO.

Respecto del juicio TECDMX-JEL-314/2020, promovido por Sonia Rosas García, en donde solicitó modificar la asignación e integración de la COPACO en la unidad territorial San Lorenzo I, demarcación Iztapalapa; las Magistradas y Magistrados determinaron modificar la Constancia de Asignación e Integración de la COPACO en donde se contemple a la parte actora.

En los juicios TECDMX-JEL-318/2020 y TECDMX-JEL-319/2020 (Acumulados), promovidos por Jorge Carrera Ibarra y Pedro Romero Ildefonso, quienes controvirtieron las asignaciones de la COPACO en la unidad territorial Guadalupe Tepeyac, demarcación Gustavo A. Madero; el Pleno resolvió confirmar el acto impugnado, toda vez que las partes actoras no obtuvieron los votos suficientes para ser integrados a la cita Comisión.

Por otra parte, respecto del juicio TECDMX-JEL-182/2020, promovido por Humberto Meléndez Ayala, en contra de la asignación de Adolfo López Ibarra como integrante de la COPACO de la unidad territorial Navidad (Granjas de Navidad), demarcación Cuajimalpa; las Magistradas y Magistrados resolvieron confirmar el acto impugnado, ya que la persona cuya asignación es controvertidatrabaja en la cita Alcaldía, pero no tiene a su cargo el manejo de programas sociales, por lo que no se actualiza el supuesto de inelegibilidad.

Al atender el expediente TECDMX-JEL-200/2020, promovido por Alejandro Cruz Ramírez Juárez, quien controvirtió la asignación de María de la Luz Cedillo Osornio a la COPACO de la unidad territorial Herón Proal, Demarcación Álvaro Obregón; las Magistraturas determinaron confirmar el acto impugnado, ya que la persona cuya asignación es controvertida trabaja en la cita Alcaldía, pero no tiene a su cargo el manejo de programas sociales, por lo que no se actualiza el supuesto de inelegibilidad.

Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-351/2020, promovido por Silvia González Ramos, en donde controvirtió la asignación a la COPACO respecto a Norma Mateos Hernández de la unidad territorial Ave Real (Ampliación), Demarcación Álvaro Obregón; el Pleno determinó sobreseer el juicio, toda vez que la parte actora hace valer las mismas causas, argumentos y pretensiones que en el expediente TECDMX-JEL-092/2020.

En el expediente TECDMX-JEL-142/2020, promovido por Alfredo Reveles Gaona, en el que controvirtió los resultados de la elección de la COPACO de la unidad territorial Atlántida, demarcación Coyoacán; las Magistraturas resolvieron confirmar el cómputo de la elección,  toda vez que la parte actora se limitó a realizar de forma genérica diversas manifestaciones sin precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar respecto a los hechos, así como que tampoco aportó los elementos mínimos necesarios para probar sus afirmaciones.

Respecto el juicio TECDMX-JEL-183/2020, promovido por Patricia Alfaro Moreno, en contra de los resultados de la elección de la COPACO 2020 y la Consulta de Presupuesto Participativo 2020 y 2021, de la unidad territorial Postal, demarcación Benito Juárez, al manifestar que el centro de votación se instaló en un lugar distinto al designado; las Magistradas y Magistrados determinaron confirmar los resultados de la elección y la citada consulta, toda vez que se ubicó debidamente, por lo que no se actualiza la causal de nulidad invocada por la parte actora.

En el juicio TECDMX-JEL-149/2020, promovido por Luis Eduardo Cervantes Flores y Javier Humberto Alardín Esquivel, en contra de los dictámenes de los proyectos “Abastecimiento de agua: bomba presurizadora” y “Por una colonia digna: reparación, pintura de fachadas y herrería”, así como los resultados de las Consultas de Presupuesto Participativo 2020 y 2021 en la unidad territorial Granada (Ampliación), demarcación Miguel Hidalgo; el Pleno determinó sobreseer la solicitud de revocar los proyectos dictaminados positivante, con lo que se confirman los resultados.

Respecto del juicio TECDMX-JEL-249/2020, promovido por Martha Elena Aceves Corral, en contra de la constancia de validación de la consulta de presupuesto participativo del ejercicio fiscal 2021, de la Unidad Territorial El Prado, en Iztapalapa; el Pleno resolvió modificar la constancia de validación de resultados de la consulta, ordenando la aplicación del presupuesto en 2021 para el proyecto “Sendero seguro para todos. El Prado”, que obtuvo el segundo lugar.

Por otra parte, en el juicio TECDMX-JLDC-019/2020, promovido por Alicia Barrientos Pantoja, en donde controvirtió la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA de resolver el medio de impugnación intrapartidario interpuesto el 1º de noviembre de 2019, pues no ha recibido respuesta alguna sobre su interposición, lo que a su vez se traduce en un exceso del plazo razonable para resolverlo, así como el indebido emplazamiento al procedimiento disciplinario 291/15, mediante el cual la parte actora fue destituida del cargo de Coordinadora Distrital; las Magistradas y Magistrados resolvieron tener por no acreditada la omisión, toda vez que el medio de impugnación fue resuelto por la citada Comisión el pasado marzo.

Asimismo, se conminó a dicha autoridad responsable para que en lo subsecuente resuelva las solicitudes de su militancia dentro de los plazos previstos en su normativa, así como ordenar a la Comisión Nacional que en el Listado de personas sancionadas lleve a cabo una nota aclaratoria en la que se indique expresamente que dicha militante puede ejercer su derecho a votar y ser votada en cualquier Asamblea al Congreso Nacional Ordinario para el Distrito XII del referido partido.

Respecto de los juicios TECDMX-JEL-215/2020, promovido por María del Carmen Carolina Amézquita Benítez, en contra de los Proyectos Específicos que resultaron ganadores en la Consulta de Presupuesto Participativo 2020 y 2021, en la unidad territorial Guadalupe Tepeyac, demarcación Gustavo A. Madero; el Pleno determinó desechar de plano la demanda al haber sido presentada de manera extemporánea.

Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-394/2020, promovido por el Partido MORENA, en contra de la resolución 09/2020 del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que concedió el registro como partido político local a la organización “Sociedad, Equidad y Género, A.C.”; el Pleno determinó desechar de plano la demanda al haber sido presentada de manera extemporánea.

De igual forma, en el juicio TECDMX-JEL-372/2020, promovido por Belem Sánchez Solís, en donde controvirtió la integración de la COPACO en la unidad territorial Garcimarrero Norte, en la demarcación territorial Álvaro Obregón, en el que la parte actora sostiene que diversas personas incurren en la causal de inelegibilidad prevista en el artículo 85 fracción V de la Ley de Participación, toda vez que laboran en la citada Alcaldía.; el Pleno resolvió desechar de plano la demanda, toda vez que en el Juicio Electoral identificado con el expediente TECDMX-JEL-088/2020, cuya sentencia se emitió el pasado 25 de septiembre, se resolvió la controversia planteada.

En el juicio TECDMX-JLDC-058/2020, promovido por Alicia Barrientos Pantoja, en contra de la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena de pronunciarse, en un plazo razonable, respecto a la impugnación que la parte actora presentara en contra del Listado de personas militantes sancionadas e inhabilitadas; el Pleno resolvió desechar de plano la demanda, pues la parte actora había presentado con anterioridad un medio de impugnación igual a este. Asimismo, se ordenó dar conocimiento a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En el juicio TECDMX-JEL-254/2020, promovido por María Elena Garrido Camarillo, en donde controvertía el escrutinio, cómputo y resultados de la elección, así como de la Constancia de Asignación e Integración de la COPACO de la unidad territorial Peralvillo II, demarcación Cuauhtémoc.; el Pleno determinó tener por no interpuesto el medio de impugnación por el fallecimiento de la parte actora.

Además, durante la Sesión Pública se presentó el Juicio Electoral identifico con el expediente TECDMX-JEL-214/2020 en el que se proponía el desechamiento. Sin embargo, al ser rechazado por la mayoría de las Magistraturas, se returnará a una Ponencia a efecto de que se presente ante el Pleno un nuevo proyecto de resolución.

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* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes