Ciudad de México, a 12 de noviembre de 2020

Boletín Nº 90

Confirma TECDMX integración de COPACO en diversas unidades territoriales

de Álvaro Obregón, Benito Juárez y Cuauhtémoc

• Se desecharon demandas relativas a COPACO, Consulta de Presupuestos Participativo y la cancelación

de un apoyo económico por parte del IECM al actualizarse diversas causales de improcedencia.

Las Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

(TECDMX), celebraron Sesión Pública de resolución a distancia por videoconferencia en la que

resolvieron seis Juicios Electorales (JEL).

Al resolver el juicio TECDMX-JEL-110/2020, en contra de la elegibilidad de diversas personas

aspirantes a integrar la Comisión de Participación Comunitaria (COPACO) de la unidad territorial

Santa Fe, en Álvaro Obregón, al considerar la parte actora que incurrían en la prohibición de ser

personas servidoras públicas; al respecto, el Pleno resolvió confirmar el acto impugnado, toda vez

que, aunque una de las personas labora en las Alcaldías Gustavo A. Madero y/o Coyoacán, la plaza

que ocupa es inferior a enlace y no tiene bajo su responsabilidad programas sociales.

Por otra parte, en el expediente TECDMX-JEL-152/2020, en donde se controvirtieron los resultados

de la elección de la COPACO y, en consecuencia, la Constancia de Asignación e Integración en la

unidad territorial San Simón Tolnahuac, en Cuauhtémoc, al considerar que una persona de la citada

Alcaldía y una persona candidata recogieron documentos para otorgar apoyos sociales con fines

electorales; las Magistraturas determinaron confirmar el acto impugnado, toda vez que en las

pruebas presentadas no se acreditan los hechos denunciados.

Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-250/2020, en contra de la elegibilidad de diversas personas

aspirantes a integrar la COPACO de la unidad territorial Narvarte I, en Benito Juárez, al considerar la

parte actora que incurrían en la prohibición de ser personas servidoras públicas; las Magistradas y

Magistrados resolvieron confirmar el acto impugnado, ya que de los medios de prueba se advierte

que la persona impugnada labora en la Alcaldía de Benito Juárez, como asesora de Concejal, y en las

funciones que desempeña no tiene a su cargo el manejo de programas sociales

En el expediente TECDMX-JEL-373/2020, en el que se controvirtió la elegibilidad de dos personas

como integrantes de la COPACO en la unidad territorial Santa Fe, demarcación Álvaro Obregón, al ser

servidoras públicas de la Alcaldía; el Pleno determinó desechar de plano la demanda ya que la parte

actora había presentado previamente un juicio (TECDMX-JEL-110/2020 y resuelto en esta misma

Sesión Pública) en el que se impugnó el mismo hecho.

Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-393/2020, en contra del oficio 664/2020 emitido por la Secretaría

Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México, mediante el cual canceló un apoyo

económico con motivo de la alerta sanitaria provocada por el virus COVID-19; las Magistraturas

resolvieron desechar de plano la demanda al haber sido presentada de manera extemporánea.

Finalmente, en el expediente TECDMX-JEL-396/2020, en donde se controvirtieron los Dictámenes de

las propuestas de proyecto específico para la Consulta de Presupuesto Participativo 2019 y 2020, de

la unidad territorial Torres de San Juan 1-B, demarcación territorial Gustavo A. Madero; las

Magistradas y Magistrados determinaron desechar de plano la demanda al haber sido presentada de

manera extemporánea.

o-O-o

* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes.