Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2021

Ordena TECDMX al IECM reconocer y pagar prestaciones a una persona servidora pública, al argumentar principios de igualdad jurídica y salarial

  • Se impuso una amonestación a Héctor Hugo Hernández Rodríguez por pintas en bardas en la demarcación Tlalpan
  • En Sesión Pública, se resolvieron 2 Juicios Electorales, 1 Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía y 5 Procedimientos Especiales Sancionadores.

El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebró sesión pública de resolución a distancia por videoconferencia, en la que revocó parcialmente el acuerdo de la Secretaría Administrativa del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) donde le daba a conocer a una persona servidora pública que no tenía derecho a percibir diversas prestaciones con motivo de la relación jurídica existente con dicho instituto.

Lo anterior, al considerar que se vulneran los principios de igualdad jurídica y salarial, y se realiza un trato diferenciado entre las personas servidoras públicas que ingresaron antes o después de la expedición de la Ley de Austeridad. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional ordenó al IECM reconocer y pagar las prestaciones solicitadas por la parte actora, salvo aquella relativa al Fondo de Ahorro al no cumplir con el tiempo estipulado para recibirlo.[1]

Por otra parte, el Pleno confirmó la elección de la persona que fungirá como coordinadora de Enlace Territorial del Pueblo San Jerónimo Miacatlán, en Milpa Alta. Ello, ya que los argumentos hechos valer por la parte actora relativos a que no se le permitió votar sin credencial de elector, no hubo equidad en la postulación de aspirantes o la supuesta compra de votos, resultaron inoperantes.[2]

En otro orden de ideas, las Magistraturas resolvieron 5 procedimientos especiales sancionadores de la siguiente manera:

ExpedienteHechos denunciadosDeterminación del TECDMX
TECDMX-PES-127/2021Promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos contra Carlos Hernández Mirón, diputado del Congreso de la Ciudad de México, derivado de una pinta en barda en la entrada vehicular de un centro de vacunación en la demarcación Tlalpan, en la que supuestamente se promocionaba su nombre, cargo y datos del Módulo Legislativo de Atención y Quejas Ciudadanas.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-134/2021En contra de Héctor Hugo Hernández Rodríguez, entonces candidato a la Alcaldía Tlalpan, postulado por el Partido Movimiento Ciudadano, por la pinta en bardas en las que no se le identificó como candidato ni el partido que lo postuló.Existencia de las infracciones denunciadas y, por ende, se impuso una amonestación como sanción.
TECDMX-PES-136/2021Actos anticipados de campaña, derivado de la supuesta exhibición de propaganda en la demarcación Álvaro Obregón, difundido a través de Facebook atribuida a Leonardo Ortiz Heras.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-144/2021Promovido en contra de la persona Encargada de Despacho y de la persona titular de la Subdirección de Limpia de la Alcaldía Miguel Hidalgo, por el presunto retiro indebido de propaganda electoral que promocionaba la candidatura de Mauricio Tabe Echartea a dicha Alcaldía.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-145/2021La distribución de artículos utilitarios no elaborados con materiales textiles, atribuida a José Alberto Benavides Castañeda, entonces candidato a Diputado del Congreso de la Ciudad de México, así como los partidos MORENA y del Trabajo.Inexistencia de la infracción denunciada.

Finalmente, las Magistrados y Magistradas desecharon de plano la demanda en el juicio TECDMX-JEL-244/2021, al actualizarse la causal de improcedencia relativa a que se pretenden impugnar actos o resoluciones que no afectan el interés jurídico de la persona actora.

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[1] TECDMX-JEL-247/2021

[2] TECDMX-JLDC-124/2021