Ciudad de México, a 15 de marzo de 2023

Impone TECDMX multa a Redes Sociales Progresistas por violencia política contra las mujeres por razón de género

  • La sanción se impuso toda vez que el partido no brindó recursos materiales para la realización de la campaña de una de sus candidatas.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebró esta tarde Sesión Pública en la que determinó revocar los oficios 711 de 2022, emitido por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) y 58 de 2023 emitido por la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas, toda vez que dichas autoridades negaron su petición de consulta ciudadana, para que la población de la Unidad Territorial Tlacopac, en Álvaro Obregón, manifieste estar o no de acuerdo en ser reconocida como pueblo indígena u originario de la ciudad, argumentando sin causa justificada no ser competentes para dar trámite a la misma.

Dado lo anterior, el IECM deberá emitir una nueva respuesta en la cual se pronuncie sobre la viabilidad o no de la petición de la consulta ciudadana solicitada y, de resultar procedente, realice la verificación de los requisitos correspondientes.[1]

Por otra parte, las magistradas y magistrados resolvieron 4 Procedimientos Especiales Sancionadores de la siguiente manera:

ExpedienteHecho DenunciadoResolución
TECDMX-PES-222/2021Violencia política contra las mujeres por razón de género atribuido al Presidente del Consejo Estatal del Partido Redes Sociales Progresistas en la Ciudad de México, al no brindar recursos a una candidata para realizar su campaña.Existencia de las infracciones denunciadas y, en consecuencia, una multa de 150 UMAS, equivalente a $13,443 pesos.
TECDMX-PES-003/2023 y su acumulado TECDMX-PES-004/2023  Distribución de artículos utilitarios no elaborados con material textil, atribuido a José Giovani Gutiérrez Aguilar, otrora candidato a la Alcaldía en Coyoacán, postulado en candidatura común por los partidosAcción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática,así como en contra de dichos partidos por culpa in vigilando.Inexistencia de las infracciones denunciadas.
TECDMX-PES-006/2023Actos anticipados de precampaña y campaña atribuidos a Rosa María Azucena Narváez Hernández, Concejala de la Alcaldía Azcapotzalco y otrora candidata para continuar en el cargo bajo la figura de elección consecutiva; así como culpa in vigilando a los partidos Morena y del Trabajo que la postularon. Promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, respecto del elemento propagandístico que sí constituyó propaganda gubernamental.Inexistencia de las infracciones denunciadas.

Finalmente, el Pleno determinó desechar de plano las demandas de diversos juicios por las siguientes razones:

  • TECDMX-JEL-009/2023 y su acumulado TECDMX-JLDC-016/2023, toda vez que los medios de impugnación no presentaban la firma autógrafa y nombre de las personas promoventes.
  • TECDMX-JEL-015/2023, al haber sido presentada de manera extemporánea.

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[1] TECDMX-JLDC-020/2023