Ciudad de México, a 6 de junio de 2024

EL TECDMX REVOCÓ UN ACUERDO DEL IECM MEDIANTE EL CUAL DESECHÓ UNA QUEJA DEL PARTIDO MORENA, EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA Y VULNERACIÓN A LOS FINES DE LA DEMOCRACIA.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública, en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes Juicios Electorales:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
TECDMX- JEL-099/2024El acuerdo de 22 de abril de 2024, emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, dentro del expediente 337 de 2024, en el que determinó tener por no interpuesta la queja promovida por el partido político Morena.Se revocó en lo que fue materia de impugnación el acuerdo controvertido, en términos y para los efectos razonados en la Sentencia.
TECDMX- JEL-109/2024El acuerdo de 27 de abril de 2024, emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 876 de 2024, mediante el cual desechó la queja presentada por la parte promovente y otra persona.Se revocó el acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, dentro del expediente 876 de 2024, para los efectos señalados en la Sentencia.
TECDMX- JEL-131/2024Los resultados de la calificación obtenida en la entrevista como aspirante al puesto de Supervisora/Supervisor Electoral Local y Capacitadora/Capacitador-Asistente Electoral Local, en la Dirección Distrital 04 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, para el Proceso 2023-2024, promovido por José Alejandro Arceo Contreras.Se confirmó el Acuerdo de 27 de abril de 2024, emitido por el Consejo Distrital 04 del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
TECDMX- JEL-145/2024La omisión de sustanciar una queja interpuesta, conforme los plazos establecidos en el Reglamento correspondiente de la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, lo que, desde el concepto del promovente, vulnera el principio de legalidad.Se declaró existente la omisión, por las razones establecidas en la Sentencia.
TECDMX- JEL-147/2024El acuerdo de 22 de mayo de este año, emitido por la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, el cual desechó su queja en contra de Alejandro Carbajal González, entonces candidato a la Diputación Local 03 en el Congreso de la Ciudad de México, derivado de la supuesta realización de actos anticipados de campaña.Se confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo emitido por la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en el expediente 1030 de 2024.

Asimismo, el Pleno determinó desechar de plano la demanda que originó el siguiente juicio:

  ExpedienteActo Impugnado 
TECDMX- JLDC-100/2024La omisión del Instituto Electoral de la Ciudad de México de resolver el escrito de queja que presentó el 18 de abril del presente año, promovido por Jordi Guevara Hernández, en su calidad de representante del Partido Acción Nacional.