• Se resolvió también un asunto relacionado con la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI.

• El Pleno determinó amonestar públicamente a diversas personas titulares de Alcaldías por omisiones

que violan la normativa electoral.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) celebró Sesión Pública en la que se

resolvieron 18 Juicios Electorales (JEL) y un Juicio para la Protección de los Derechos Político-

Electorales de la Ciudad de México.

Al resolver el juicio TECDMX-JEL-014/2020, promovido por Ruth Esparza Carvajal en el que

controvirtió el dictamen emitido en respuesta a su escrito de aclaración por el Órgano Dictaminador

de la Alcaldía Benito Juárez relativo al proyecto “Balizamiento y señalización en toda la colonia”,

registrado para ser sometido a la Consulta de Presupuesto Participativo 2020-2021 en la Unidad

Territorial Narvarte III al considerar incongruencias en el citado dictamen; las Magistradas y

Magistrados determinaron revocar el dictamen y ordenar al órgano responsable emita uno nuevo en

el que declare positivo el proyecto.

Asimismo, se determinó amonestar públicamente al Alcalde de Benito Juárez por la omisión de

presentar la impugnación de la parte actora.

En el juicio TECDMX-JEL-047/2020, promovido por Claudia Ramírez Pichardo en contra de la omisión

de la Alcaldía Gustavo A. Madero de dar trámite a su escrito de demanda presentada para

controvertir los dictámenes emitidos por el Órgano Especializado de esa Alcaldía que determinó

inviables sus Proyectos “Monitor de vigilancia Lindavista fase 1 y 2”, “Talleres culturales de

sensibilización y respeto para fomentar la paz” y “Remodelación General del Jardín”, registrados en

la colonia Lindavista I, para ser sometidos a la Consulta de Presupuesto Participativo; las

Magistraturas determinaron sobreseer el juicio ya que se presentó fuera del plazo legal, así como

amonestar públicamente al Alcalde de Gustavo A. Madero.

En el juicio TECDMX-JEL-022/2020, promovido por Mariana Rita Ramírez Flores, en contra de la

revaloración del dictamen de viabilidad y factibilidad emitido, en sentido negativo, por el Órgano

Dictaminador de la Alcaldía Azcapotzalco, respecto del proyecto para la Consulta del Presupuesto

Participativo 2020 y 2021, denominado “Educación Ambiental (Composteros de Luz)” al considerar

que no estaba debidamente fundado y motivado; las Magistradas y Magistrados determinaron

revocar el dictamen y ordenar al Órgano Dictaminador emitir uno nuevo en el que fundamenten y

motiven la viabilidad o inviabilidad del proyecto en cuestión.

Sobre el juicio TECDMX-JEL-034/2020, promovido por José Manuel Ladrón de Guevara Garibay, quien

controvertía la revaloración de los dictámenes de inviabilidad de los proyectos denominados “Estudio

de Geo Radar para conocer el estado real del subsuelo y sus afectaciones, y mapeo de redes de

servicios enterrados”, emitidos por el Órgano Dictaminador de la Alcaldía Tlalpan; el Pleno determinó

revocar el dictamen y ordenar al mencionado órgano la emisión de uno nuevo debidamente fundado

y motivado.

Por otra parte, en el juicio TECDMX-JLDC-013/2020, promovido por Ara Esther Ramírez Torres,

Daniela Fernanda Campa López y Paula Mondragón Maya, quienes controvertían el acuerdo dictado

por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, a través del

cual se tuvo por no interpuesto el juicio para la protección de los derechos partidarios de la militancia,

en virtud de no acreditar su personería ante la instancia intrapartidista; las Magistraturas

determinaron revocar el acuerdo controvertido, a fin de que la Comisión Nacional de Justicia

Partidaria del PRI, tenga por acreditada la personería de las referidas ciudadanas y en consecuencia,

de no advertirse alguna otra causal de improcedencia, proceda de manera exhaustiva a analizar el

fondo de la controversia planteada.

Relativo al juicio TECDMX-JEL-041/2020, promovido por Fernando González García en contra del

dictamen a través del cual se declaró procedente su registro para participar en el proceso de elección

de la Comisión de Participación Comunitaria (Copaco) en la Unidad Territorial “La Concepción”, al

considerar que pertenece a la Unidad Territorial “Plazuela del Pedregal”; el Pleno determinó revocar

el registro otorgado al actor y ordenar a la Dirección Distrital que, en el término de veinticuatro horas,

otorgue un nuevo registro para que pueda participar en la Unidad Territorial “Plazuela del Pedregal”.

En el juicio TECDMX-JEL-045/2020, promovido por Dioselene Raquel Bautista Peña, quien

controviertía el registro de seis personas como candidatas a la Comisión de Participación Comunitaria

de la Unidad Territorial “San Andrés Totoltepec”, Tlalpan, ya que, desde su perspectiva, incurrían en

alguna de las causales de inelegibilidad establecidas en la Ley de Participación; las Magistraturas

determinaron confirmar los registros, toda vez que la parte actora no aportó pruebas para confirmar

que tales personas desempeñen o hayan desempeñado un cargo en la administración pública federal

o local.

Por otra parte, en el juicio TECDMX-JEL-053/2020, promovidos por Pablo Armando González Ulloa,

quien controvertía la determinación del Órgano Dictaminador de la Alcaldía Iztapalapa respecto de

la revisión en sentido negativo sobre su proyecto de presupuesto participativo denominado

“Fomentando la participación ciudadana con prevención de delito y cultura de legalidad en la Unidad”

al carecer de la debida fundamentación y motivación, así como la omisión de la Alcaldía de presentar

su escrito de impugnación; las Magistradas y Magistrados determinaron revocar los dictámentes,

pero en plenitud de jurisdicción declarar la inviabilidad jurídica del proyecto.

Asimismo, se determinó amonestar públicamente a la persona titular de la Alcaldía Iztapalapa por la

omisión señalada.

Sobre el juicio TECDMX-JEL-057/2020, promovido por Irma Morales Lemus en contra de la omisión

del Órgano Dictaminador de la Alcaldía Gustavo A. Madero de remitir el medio de impugnación

presentado ante dicha autoridad, así como la indebida fundamentación y motivación; el Pleno

determinó amonestar públicamente a la persona titular de la mencionada Alcaldía y ordenar al

Órgano Dictaminador emitir un nuevo dictamen que cumpla con los criterios de fundamentación y

motivación.

Asimismo, en el juicio TECDMX-JEL-052/2020, promovido por María Bárbara Susana Aranda

Hernández en contra de la dictaminación negativa de ocho proyectos correspondientes a la consulta

sobre el presupuesto participativo en la demarcación territorial Álvaro Obregón al considerar su

indebida fundamentación y motivación; las Magistradas y Magistrados determinaron revocar los

dictámentes y ordenar la emisión de nuevos atendiendo la debida fundamentación y motivación.

Respecto de los juicios TECDMX-JEL-023 y TECDMX-JEL-046, ambos de este año, el primero

promovido por Régulo García Gómez que, entre otras cuestiones, controvertía la omisión de la

Dirección Distrital 19 del Instituto Electoral de la Ciudad de México de contestar el escrito mediante

el cual solicitó que se le informara de manera fundada y motivada las causas de hecho y derecho que

permitieron la integración del Órgano Dictaminador de la Alcaldía Xochimilco, y el segundo

promovido por Dioselene Raquel Bautista Peña contra el registro de los candidatos Jerónimo Paz

Álvarez, Zeferino Pérez Pérez y Rocío Paz Camacho, para participar en la Elección de la Comisión de

Participación Comunitaria 2020, en la Unidad Territorial “San Andrés Totoltepec”; el Pleno determinó

desechar de plano las demandas al haber precluido el derecho de las partes actoras para ejercer la

acción, toda vez que con anterioridad habían presentado medios de impugnación sobre el particular

ante este Órgano Jurisdiccional.

Por otra parte, en los juicios TECDMX-JEL-056 y TECDMX-JEL-058, ambos de este año, promovidos

por diferentes personas contra dictámenes emitidos por los Órganos Dictaminadores en las Alcaldías

Gustavo A. Madero y Benito Juárez, respectivamente, así como en los juicios TECDMX-JEL-061 y

TECDMX-JEL-062, ambos de 2020, promovidos contra el registro de diversas personas candidatas a

la Comisión de Participación Comunitaria de la Unidad Territorial Gabriel Ramos Millán; las

Magistraturas determinaron desechar de plano las demandas al haber sido presentadas de manera

extemporánea.

Finalmente, en el juicio TECDMX-JEL-060/2020, promovido de manera anónima contra el registro de

la ciudadana Beatriz Magdalena Cuevas Díaz como aspirante para participar en el proceso de elección

de integrante de la Comisión de Participación Comunitaria de la Unidad Territorial Tecolalco de la

Alcaldía Álvaro Obregón; el Pleno determinó desechar de plano la demanda al no existir nombre o

firma y, por ende, una muestra de voluntad de querer llevar a cabo el medio de impugnación.

o-O-o

* Los criterios para las resoluciones de este Pleno son coincidentes.