Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2023

EL TECDMX REVOCÓ UN ACUERDO DEL IECM QUE IMPONÍA MEDIDAS CAUTELARES CONTRA CLARA BRUGADA MOLINA POR POSICIONAMIENTO INDEBIDO ANTE LA CIUDADANÍA.

El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), celebró esta tarde Sesión Pública en la que las Magistraturas resolvieron los siguientes asuntos:

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
        TECDMX- JEL -414/2023 TECDMX- JEL -416/2023Acuerdo emitido por la Comisión de Quejas del IECM, en el procedimiento IECM-SCG/PE/032/2023, en el cual, como medida cautelar, hizo un recordatorio a Clara Marina Brugada Molina, alcaldesa de Iztapalapa, para que, en todo tiempo, ajustara las conductas de sus aspiraciones políticas a los límites y parámetros constitucionales, en particular, a la obligación de conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.Se revocó el acuerdo impugnado para que la responsable emita una nueva determinación y analice la procedencia de la solicitud.

Asimismo, el Pleno del TECDMX resolvió los siguientes medios de impugnación, en cumplimiento de sentencias de la Sala Regional CDMX del TEPJF.

ExpedienteActo ImpugnadoResolución
          TECDMX- JEL -355/2023 TECDMX- JEL -357/2023La resolución emitida por el Consejo General del IECM, en el Procedimiento Ordinario Sancionador IECM QCG/PO/034/2022, en la que determinó la acreditación de las irregularidades denunciadas y en consecuencia e imponer una multa al PVEM, así como dar vista a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México por la infracción acreditada por parte del titular de Alcaldía Álvaro Obregón.Se revocó controvertida a fin de que emita una nueva determinación debidamente fundada y motivada en el que analice la responsabilidad del PVEM a la luz de la conducta por la que fue emplazado.
ExpedienteActo ImpugnadoResolución
          TECDMX- JLDC -196/2023    La Convocatoria a la Asamblea Comunitaria de San Andrés Mixquic, para decidir acerca de la forma de elección e integración de la autoridad representativa o Coordinador – Coordinadora Territorial, así como el Aviso por el que se dieron a conocer las Reglas de Operación para llevar a cabo la citada asamblea.Se revocó la Convocatoria y el Aviso controvertidos, así como todos los actos posteriores que de ellas deriven, y ordenar a las autoridades tradicionales del Pueblo San Andrés Mixquic, demarcación Tláhuac, para que, emitan los nuevos actos que estimen necesarios para llevar a cabo el proceso de elección conforme a los plazos y las formalidades relativas a sus usos y costumbres.

El Pleno desechó de plano la demanda del siguiente juicio:

ExpedienteActo Impugnado 
  TECDMX- JEL-417/2023La resolución de la Dirección Distrital 21 del IECM, emitida en el Procedimiento 12 de 2023, para resolver las inconformidades en materia de propaganda, contra diversas candidaturas a la COPACO en la Unidad Territorial Constitución de 1917 II, demarcación Iztapalapa.

No habiendo otro asunto que tratar, se da por concluida la Sesión.

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