TECDMX-JLDC-110/2026
Acuerdos de Trámite02 de julio de 2026
Se tiene a la parte promovente realizando diversas manifestaciones.
Expídanse las copias certificadas solicitadas por la promovente.
Acuerdos de Trámite archivos - Página 18 de 753 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se tiene a la parte promovente realizando diversas manifestaciones.
Expídanse las copias certificadas solicitadas por la promovente.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se hace efectivo el apercibimiento decretado a la parte actora.
Se tiene por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se tiene a diversa persona realizando manifestaciones.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese a los autos para los efectos a que haya lugar.
Esta magistratura determina que no ha lugar a acordar de conformidad a lo solicitado.
Acta de Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se tiene domicilio, correo electrónico y número telefónico autorizados por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se reserva acordar lo conducente sobre la admisión del medio de impugnación planteado.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se dejan subsistentes diversos puntos de acuerdo contenidos en acuerdos de veintidós de junio y uno de julio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por admitidas y desahogadas diversas pruebas ofrecidas por la parte actora y otras se tienen por desechadas.
Se cierra la instrucción, formúlese el proyecto de sentencia correspondiente.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como corresponda.
Se tiene a la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México y a diversas autoridades representativas del Pueblo de San Miguel Topilejo, desahogando el requerimiento formulado.
Se ordena formular el proyecto de resolución incidental correspondiente.
Se admite a trámite la demanda.
Se tiene a las autoridades responsables remitiendo informe circunstanciado.
Se tienen por admitidas y desahogadas las pruebas y constancias ofrecidas y remitidas por las partes.
Se cierra la instrucción, formúlese el proyecto de sentencia.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por admitidas y desahogadas las pruebas y constancias ofrecidas y remitidas por las partes.
Se cierra la instrucción, formúlese el proyecto de sentencia.
Elabórese el proyecto de resolución que en Derecho corresponda.
Se tiene al Titular de la Dirección Distrital 20 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, al Director General de Participación Ciudadana y Zonas Territoriales de la Alcaldía Álvaro Obregón y al Apoderado Legal de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México, dando cumplimiento al requerimiento formulado.
Procédase a levantarse el acta circunstanciada del contenido de la Unidad de Almacenamiento Externo remitida por las probables responsables.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México, rindiendo el informe circunstanciado, asimismo señala domicilio, correo electrónico y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Se ordena formular el proyecto de acuerdo correspondiente.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal Electoral.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese a los autos para que obre como en Derecho corresponda.
Se ordena formular el proyecto de sentencia correspondiente.
Elabórese el proyecto que en Derecho corresponda, respecto del incidente de cumplimiento planteado.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se tiene el domicilio autorizado por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se admite a trámite la demanda, asimismo se señala fecha y hora para la celebración de la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas
Se requiere a la parte demandada.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal Electoral.
Hágase del conocimiento de las partes que en cualquier etapa del procedimiento podrán llegar, si es su deseo, a un acuerdo conciliatorio.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para los efectos legales conducentes.
Se declara la debida integración del expediente, se ordena la formulación del proyecto de resolución que corresponda.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese al expediente para que obre de manera íntegra.
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JDC-147/2026 y agréguese el presente proveído.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la documentación conducente.
Fórmese el cuaderno de antecedentes TECDMX-JE-011/2026 y agréguese el presente proveído.
Remítase a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con la documentación conducente.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, intégrese al expediente para los efectos a que haya lugar.
Se reserva acordar lo conducente respecto de la prueba superveniente señalada por la parte actora.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese a los autos para los efectos a que haya lugar.
Se tiene al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México rindiendo el informe circunstanciado, asimismo señala domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable señalando lo conducente en materia de acceso público de datos personales.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo informe circunstanciado, asimismo se desprende el domicilio de la autoridad para oír y recibir notificaciones, en tanto no se designe uno diverso.
Se ordena el desahogo de la memoria USB remitida por la responsable, se reserva acordar lo conducente sobre su admisión.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene el domicilio y persona autorizada por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a las partes para que proporcionen una dirección electrónica en la que puedan llevarse a cabo las notificaciones del juicio.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se tiene el correo electrónico señalado por la parte actora para oír y recibir notificaciones. Asimismo se le informa que en caso de así desearlo, podrá señalar un domicilio en la Ciudad de México para los mismos efectos.
Se tiene a la parte actora manifestando su negativa para que sus datos personales sean públicos.
Se reserva acordar lo conducente sobre la admisión de la demanda presentada.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se tiene a la Coordinadora de Asesoría, Gestión y Seguimiento de la Defensoría Pública de Participación Ciudadana y de Procesos Democráticos del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, desahogando la solicitud formulada.
Se tiene al Subprocurador de Conciliación y Defensoría de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México, pronunciándose respecto de la solicitud hecha.
Se tiene al Director de la Defensoría Pública de la Ciudad de México, desahogando la solicitud formulada.
Dese vista a las partes con la documentación de cuenta para que manifiesten lo que a su derecho convenga.