TECDMX-JLDC-002/2026
Acuerdos de Trámite13 de febrero de 2026
Se ordena formular el proyecto de resolución correspondiente.
Acuerdos de Trámite archivos - Página 85 de 753 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se ordena formular el proyecto de resolución correspondiente.
Se admite a trámite el juicio.
Se tienen por admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por la parte promovente.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia correspondiente.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene a las partes actoras promoviendo el juicio.
Se tiene domicilio, correo electrónico y número telefónico señalados por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere al Instituto Electoral de la Ciudad de México y a la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes.
Se reserva acordar lo conducente sobre la admisión de la demanda presentada.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se tiene el domicilio señalado por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere al Instituto Electoral de la Ciudad de México y a la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes.
Se reserva acordar lo conducente sobre la admisión de la demanda presentada.
Téngasecpor recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos a que haya lugar.
Se tiene a la Coordinadora Territorial, al Jefe Departamental y a la Apoderada Legal para la Defensa Jurídica de la Alcaldía Tláhuac, dando cumplimiento al requerimiento formulado.
Se requiere a diversas personas en su carácter de Comisario Ejidal del Pueblo y de Coordinadora Territorial del Pueblo, a las partes actoras y a diversa persona en su carácter de integrante del Consejo del panteón 2024-2027.
Acta de Audiencia.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene por señalado domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado, así como señalando domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable realizando manifestaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste por escrito su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se concede un plazo de tres días hábiles a diversa persona para que presente ante este Tribunal, copia simple de su credencial para votar.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene por señalado domicilio y correo electrónico precisados por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste por escrito su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Dese vista a las personas integrantes del Consejo de Elección del Pueblo de San Miguel Ajusco 2025-2028, en la Demarcación Tlalpan, con copia simple del escrito y anexos, presentado por diversa persona.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México exhibiendo diversa documentación.
Se pone a disposición de la parte actora un título de crédito, asimismo, se le concede un plazo de tres días hábiles para que manifieste lo que a su derecho corresponda.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción, procédase a formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos legales a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene por señalado el domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado, así como señalando domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene por señalado el domicilio y correo electrónico precisados por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado, asi como señalando domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Téngase por recibida la documentación que se provee e intégrese al expediente para todos los efectos a que haya lugar.
Se radica el expediente en la Ponencia.
Se tiene por señalado el domicilio, correos electrónicos y persona autorizada por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se admite a trámite la demanda.
Se declara cerrada la instrucción, procédase a formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción, procédase a formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Acta de Audiencia.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México promoviendo demanda de Amparo Directo.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese al expediente para que obre como corresponda.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México desahogando el requerimiento hecho.
Se tienen por desahogadas las pruebas ofrecidas por la parte actora.
Se da por cuncluida la etapa de Ofrecimiento, Admisión y Desahogo de Pruebas, se declara abierta la etapa de Alegatos.
Se otorga a las partes un plazo de diez días hábiles, a efecto de que presenten por escrito los alegatos correspondientes.
Acta de Audiencia.
Se ordena formular el proyecto de resolución correspondiente.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene a las partes actoras promoviendo el juicio.
Se tiene domicilio y número telefónico autorizados por las partes actoras para oír y recibir notificaciones.
Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal a efecto de que remita la documentación respectiva a las autoridades correspondientes.
Se requiere a la Alcaldía Venustiano Carranza.
Se requiere a la Secretaría General.
Se requiere a las partes actoras para que manifiesten su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Téngase por recibida la documentación de cuenta, intégrese al expediente para los efectos a que haya lugar.
Se tiene al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México rindiendo el informe circunstanciado.
Se tiene por señalado el domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas por la autoridad responsable para oír y recibir notificaciones.
En relación a las diversas personas que pretenden comparecer como tercería interesada, se reserva acordar lo conducente, asimismo se les tiene señalando domicilio, correo electrónico y persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
Se tiene por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a las partes actoras promoviendo el juicio.
Se tiene domicilio y correo electrónico autorizados por las partes actoras para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a las partes actoras para que manifiesten su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal.
Se reserva acordar lo conducente sobre la admisión del medio de impugnación planteado.
Se tiene por recibida la documentación de cuenta, agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la Secretaría General de este Tribunal Electoral de la Ciudad de México, dando cumplimiento al requerimiento ordenado.
Se requiere de nueva cuenta al Consejo de Elección del Pueblo de San Miguel Ajusco 2025-2028.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal.
Se tiene al Instituto demandado, a través de su apoderada legal, presentando por escrito sus alegatos.
Se hace efectivo el apercibimiento decretado a la parte actora.
Se requiere al Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Se requiere a la Secretaría General de este Tribunal Electoral.