TECDMX-PP-028/2026
Acuerdos de Trámite27 de mayo de 2026
Téngase por recibido el expediente y se radica en la Ponencia.
Se tiene al Instituto Electoral promoviendo el Procedimiento Paraprocesal, a través de su representante legal.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte promovente para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte promovente para que exhiba la documentación correspondiente.
Se admite a trámite el Procedimiento Paraprocesal y se señala fecha y hora para la celebración de la diligencia de ratificación y cumplimiento del convenio.
Se requiere a las partes para que manifiesten por escrito su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere al ciudadano para que señale dos cuentas de correo electrónico personal o institucional, así como un número telefónico para oír y recibir notificaciones.
