TECDMX-JEL-063/2025
Acuerdos Plenarios08 de julio de 2025
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Acuerdos Plenarios archivos - Página 8 de 60 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 32 del Instituto Electoral.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 03 del Instituto Electoral.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 07 del Instituto Electoral.
Se reencauza el escrito para que sea tramitado como procedimiento especial sancionador.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se escinde la demanda.
Se reencauza el escrito presentado por la parte actora, por lo que hace a la probable vulneración a las reglas de difusión de propaganda electoral, al Instituto Electoral.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza la demanda a la Alcaldía Álvaro Obregón.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación.
Se reencauza la demanda a la Alcaldía Tláhuac.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Se admite la excusa planteada.