TECDMX-PES-133/2024
Acuerdos de Trámite01 de septiembre de 2024
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución que corresponda.
Acuerdos de Trámite archivos - Página 140 de 681 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución que corresponda.
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución que corresponda.
Téngase por recibido el expediente y radíquese en la Unidad.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguense al expediente los documentos de cuenta.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por las partes para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, toda la información será accesible a cualquier persona.
Téngase por recibido el expediente y radíquese en la Unidad.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguense al expediente los documentos de cuenta.
Se tiene domicilio y personas autorizadas por la parte denunciante para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, toda la información será accesible a cualquier persona.
Téngase por recibido el expediente y radíquese en la Unidad.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguense al expediente los documentos de cuenta.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por las partes para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, toda la información será accesible a cualquier persona.
Téngase por recibido el expediente y radíquese en la Unidad.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguense al expediente los documentos de cuenta.
Se tiene domicilio, correos electrónicos y personas autorizadas por las partes para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, toda la información será accesible a cualquier persona.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas algunas pruebas ofrecidas por las partes y por no admitida otra.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas algunas pruebas ofrecidas por las partes y por no admitida otra.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Téngase por recibida documentación de cuenta y agréguese al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la autoridad responsable, por conducto del Presidente del Consejo Distrital 33 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, desahogando el requerimiento de quince de agosto del año que transcurre.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Téngase por recibido el expediente y radíquese en la Unidad.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguense al expediente los documentos de cuenta para que obren como corresponda.
Se tiene correo electrónico y personas autorizadas por las partes para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, toda la información será accesible a cualquier persona.
Téngase por recibida la documentación de cuenta y agréguese junto con este acuerdo al expediente para todos los efectos a que haya lugar.
Se tiene a las partes actoras promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se cierra la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el juicio.
Se admite a trámite la demanda.
Se tienen por ofrecidas, admitidas y desahogadas las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara cerrada la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Agréguese la documentación de cuenta al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se admite a trámite la demanda.
Se admiten las pruebas ofrecidas por la parte actora, las cuales serán valoradas conforme a su propia y especial naturaleza.
Se cierra la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia correspondiente.
Se admite a trámite la demanda.
Se admiten las pruebas ofrecidas por las partes.
Se cierra la instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Elabórese el proyecto de resolución que en Derecho corresponda.