TECDMX-PES-039/2024
Acuerdos de Trámite20 de junio de 2024
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución.
Acuerdos de Trámite archivos - Página 180 de 681 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución.
Téngase por recibido el expediente y radíquese a la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Se tiene por señalado domicilio y correo electrónico por la parte denunciante.
Se requiere a la parte denunciante y a las probables responsables para que manifiesten su consentimiento por escrito para restingir el acceso público a sus datos personales.
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución que corresponda.
Se ordena formular el proyecto atinente.
Se tiene por recibido y se radica el expediente en la Ponencia.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se admite la demanda.
Se tiene por señalado domicilio y personas autorizadas de la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se tiene por señalado domicilio y correos eletrónicos de la autoridad responsable para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado.
Se admiten las pruebas ofrecidas por la parte actora.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se tiene a la autoridad responsable manifestando su consentimiento a fin de que no se restrinja el acceso público a los datos del expediente.
Se requiere a la Secretaria General de este Tribunal para que emita certificación.
Se declara el cierre de instrucción y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se ordena formular el proyecto atinente.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se ordena formular el proyecto atinente.
Se tiene por recibido y se radica el expediente en la Ponencia.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la parte actora promoviendo el Jucio Electoral.
Se tiene por señalado domicilio y personas autorizadas por la parte actora para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México como autoridad responsable.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado, señalando domicilio, correo electrónico y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
Se reconoce la voluntad de las partes para recibir notificaciones de manera electrónica.
Se tienen por reservados los datos de la parte actora.
Se admite la demanda.
Se admiten las pruebas ofrecidas por las partes.
Se declara el cierre de instrucción y se ordena formular el proyecto de resolución.
Se tiene a la parte actora promoviendo demanda de Amparo Directo.
Téngase por recibido la documentación de cuenta y agréguese para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene al Director General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno de la Alcaldía Xochimilco, desahogando el requerimiento formulado.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México promoviendo Amparo Directo.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México promoviendo Amparo Directo.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia informando el cumplimiento dado al acuerdo plenario de veintisiete de febrero.
Se tiene por recibido el documento de cuenta e intégrese como en Derecho corresponda.
Téngase al Partido MORENA cumpliendo el requerimiento formulado.
Téngase por recibida la documentación de cuenta y se ordena agregar al expediente.
Se tiene a la Secretaría General de este Tribunal Electoral remitiendo certificación.
Se tiene al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México remitiendo los alcances descritos en la cuenta.
Se ordena el desahogo del disco compato que remitió el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Téngase por recibida la documentación de cuenta e integrése al expediente para que obre como en Derecho corresponda.
Se radica el expediente.
Se tiene por señalado domicilio y correo electrónico de la parte actora, para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado, señalando domicilio y correo electrónico para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que ratifique las direcciones electrónicas; asimismo, se requiere a la autoridad responsable para que señale una o dos direcciones electrónicas en las que se puedan llevar a cabo las notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste su consentimiento por escrito para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se tiene a autoridad responsable manifestando su consentimiento para permitir el acceso a los datos del expediente.
Se tiene al Instituto Electoral de la Ciudad de México promoviendo Amparo Directo.
Téngase por recibido el expediente y radíquese el mismo a la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene por señalado domicilio para oír y recibir notificaciones por la parte denunciante.
Se requiere la parte denunciante y a la probable responsable para que manifiesten su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a sus datos personales.
Se declara la debida integración del expediente y se ordena la formulación del proyecto de resolución.
Se tiene por recibido el expediente y radíquese el mismo a la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tiene por señalado domicilio y correo electrónico por la parte denunciante para oír y recibir notificaciones.
Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, toda la información pública generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y será accesible a cualquier persona.
Téngase por recibido el escrito de cuenta y glósese a los autos para que obre como corresponda.
Se requiere al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Remítase a la Secretaría General las constancias originales que obran en autos.
Téngase por recibida la documentación de cuenta y radíquese el expediente a la Unidad Especializada de Procedimientos Sancionadores.
Regístrese en el Libro de Gobierno.
Agréguese la documentación de cuenta para que obre como en Derecho corresponda.
Se tienen por señalados los domicilios para oír y recibir notificaciones por las partes.
Se requiere a la persona denunciante para que manifieste su consentimiento para restringir el acceso a sus datos personales.
Téngase por recibida la documentación de cuenta e intégrese al expediente en que se acúta.
Se tiene a la Direccion Distrital 20 del Instituto Electoral de la Ciudad de México rindiendo su informe circunstanciado.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la Dirección Distrital 20 para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable manifestando su consentimiento para permitir el acceso a los datos del expediente.
Se radica el expediente.
Se tiene a la parte actora presentando la demanda.
Se tiene domicilio, correo electrónico y persona autorizada por la parte actora, para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado.
Se tiene a la autoridad responsable manifestando su consentimiento para permitir el acceso a los datos del expediente.
Se requiere a la parte actora para que manifieste por escrito su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se requiere a la Secretaria General de este Tribunal para que emita certificación.
Se reserva acordar sobre la admisión del medio de impugnación.
Téngase por recibida la documentación de cuenta e intégrese al expediente en que se acúta.
Se radica el expediente.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la parte actora, para oír y recibir notificaciones.
Se tiene a la autoridad responsable rindiendo su informe circunstanciado.
Se tiene domicilio, correo electrónico y personas autorizadas por la autoridad responsable, para oír y recibir notificaciones.
Se requiere a la parte actora para que manifieste por escrito su consentimiento para permitir el acceso público a sus datos personales.
Se tiene a la autoridad responsable manifestando su consentimiento para permitir el acceso a los datos del expediente.
Téngase por recibida la documentación de cuenta e intégrese al expediente en que se acúta.
Se radica el expediente.
Se tiene por señalado el correo electrónico de la autoridad responsable, para oír y recibir notificaciones.