TECDMX-JLI-027/2019
Acuerdos de Trámite27 de febrero de 2020
Al no existir medios probatorios pendientes de pronunciamiento, se da por concluida la etapa de desahogo de pruebas
Notifíquese
Acuerdos de Trámite archivos - Página 554 de 677 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Al no existir medios probatorios pendientes de pronunciamiento, se da por concluida la etapa de desahogo de pruebas
Notifíquese
1. Con relación a las pruebas ofrecidas por la parte actora, no es de admitirse la documental privada consistente en lo señalado.
2. Con relación a las pruebas ofrecidas por la parte demandada, se admiten las señaladas.
3. Se admiten por su naturaleza, la presuncional legal y humana y la instrumental de actuaciones.
4. Concluida la fase de admisión de pruebas, se señalan día y horas para dar continuidad a la etapa de desahogo de pruebas.
Notifíquese
1. Con relación a las pruebas ofrecidas por la parte actora, no es de admitirse la documental privada consistente en lo señalado.
2. Con relación a las pruebas ofrecidas por la parte demandadas señala día y hora para la confesional
3. Se admiten por su naturaleza, la presuncional legal y humana y la instrumental de actuaciones.
4. Concluida la fase de admisión de pruebas, se señalan día y horas para dar continuidad a la etapa de desahogo de pruebas.
Notifíquese
Se tiene por recibidos los documentos que se proveen e intégrense al expediente en que se actúa, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Notifíquese
Se requiere al Secretario General de este Tribunal Electoral para que a la brevedad, informe y certifique, lo solicitado.
Notifíquese
1. Radíquese el expediente de mérito en esta ponencia y téngase por recibida la documentación de cuenta.
2. Se previene al actor para que en el plazo señalado contado a partir del siguiente a aquél en que se practique la notificación presente, aclare su demanda y especifique lo solicitado.
Notifíquese
Se cierra la instrucción en el presente juicio y se ordena formular el proyecto de resolución que conforme a derecho corresponda.
Notifíquese
Se declara cerrada la instrucción, procédase a formular el proyecto de sentencia que conforme a Derecho corresponda.
Notifíquese
Se admiten las pruebas ofrecidas y aportadas por la parte actora.
Notifíquese
Se requiere al Instituto Electoral de la Ciudad de México, por conducto de su Órgano Desconcentrado 17, para que en el plazo señalado, presente lo solicitado.
Notifíquese
1. Se tiene a la parte actora desahogando en tiempo y forma lo requerido.
2. Se admiten las pruebas ofrecidas y aportadas por la parte actora, mismas que serán valoradas en el momento procesal oportuno.
Notifíquese
Se admiten las pruebas ofrecidas y aportadas por la parte actora.
Notifíquese
1. Se admite las pruebas ofrecidas por la parte actora en el juicio que se resuelve.
2. Se tiene por admitidas las pruebas ofrecidas por la parte actora.
3. Se cierra la instrucción en el juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Notifíquese
1. Se admiten las pruebas ofrecidas por la parte actora en el juicio que se resuelve..
2. La autoridad responsable adjuntó a su Informe Circunstanciado diversos documentos mismos que serán valorados al momento de resolver.
3. Se cierra la instrucción en el presente Juicio y se ordena formular el proyecto de resolución que conforme a derecho corresponda.
Notifíquese
Se declara cerrada la instrucción en este asunto, quedando en estado de resolución; por tanto, se ordena formular proyecto de sentencia correspondiente para ser sometido a consideración del Pleno.
Notifíquese
1. Se admiten las pruebas ofrecidas y aportadas por la parte actora.
2. Al no existir diligencias pendientes por desahogar se cierra la instrucción en el juicio y se ordena formular el proyecto de sentencia.
Notifíquese
Téngase al Titular del Órgano Desconcentrado de la Dirección Distrital 07 del Instituto Electoral de la Ciudad de México cumpliendo el requerimiento efectuado mediante proveído, dejando sin efectos el apercibimiento realizado en dicho proveído.
Notifíquese
Se tiene a la Directora General de Construcción de Ciudadanía desahogando la prevención que le fue formulada mediante acuerdo inmediato anterior, en consecuencia, se levanta el apercibimiento respectivo.
Notifíquese
En virtud de de que no existen diligencias pendientes por desahogar, se declara cerrada la instrucción en este asunto, se ordena formular proyecto de sentencia correspondiente.
Notifíquese
Téngase al Titular del Órgano Desconcentrado de la Dirección Distrital 07 del Instituto Electoral de la Ciudad de México cumpliendo el requerimiento efectuado mediante proveído, dejando sin efectos el apercibimiento realizado en dicho proveído.
Notifique
1. Se radica en la ponencia a cargo del suscrito, el juicio al rubro indicado, reservando su admisión para el momento procesal oportuno.
2. Se tiene al órgano dictaminador de la Alcaldía de Álvaro Obregón rindiendo parcialmente el informe circunstanciado en términos de ley.
3.Se requiere al Órgano Técnico dictaminador de la Alcaldía Álvaro Obregón, a efecto de que en el plazo determinado, remita a este órgano jurisdiccional lo solicitado, apercibido de que en caso de desahogar el presente proveído, se resolverá el asunto que nos ocupa con la documentación que obre en autos.
4. Se requiere a la parte actora a efecto de que un plazo no mayor a lo establecido, remita a este órgano jurisdiccional, los documentos solicitados.
Notifíquese
Se tiene a la Secretaría del Órgano Desconcentrado en la Dirección Distrital 25 del Instituto Electoral de la Ciudad de México, rindiendo el informe circunstanciado.
Notifíquese
1. Téngase por recibida la documentación referida del presente proveído y por notificada la Sentencia.
2. Agréguese el oficio y la copia certificada mencionados al expediente y acumulados y glósese copia autorizada de los mismos a los cuadernos de Antecedentes que se formaron en este Tribunal con motivo de impugnaciones de competencia federal.
3. Remítase los expedientes originales al expediente y acumulados ala Ponencia del Magistrado Juan Carlos Sánchez León, a efecto de dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Notifíquese
1. Agréguense los documentos referidos junto con este Acuerdo y glósese copia autorizada de los mismos al Cuaderno de Antecedentes, que se formó en esta Autoridad con motivo de la impugnación de competencia federal.
2. En su oportunidad, archívese el expediente, toda vez que la Sala Regional Ciudad de México, al revocar la resolución impugnada no le impuso a este Tribunal Electoral carga procesal alguna que esté pendiente por desahogar.
Notifíquese
1. Se da cuenta de la incomparecencia de la parte actora, lo anterior para los efectos legales que correspondan.
2. Se tiene por reconocida la personería que ostenta el apoderado legal de la parte actora.
3. Se declara abierta la audiencia iniciando con la etapa de conciliación, ante la ausencia de las partes y ante la imposibilidad de que exista acuerdo se procede a la siguiente etapa.
4. Se da inicio a la etapa de demanda y excepciones.
5. Se abre la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, teniendo por ofrecidas las mismas.
6. Se suspende la presente audiencia
1. Se tiene a la parte actora compareciendo en este acto.
2. Se tiene por reconocida la personería del apoderado legal de la parte demandada.
3. Se inicia la etapa de conciliación
4. Se da inicio la etapa de demanda y excepciones.
5. Se da inicio a la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, teniendo por ofrecidas las mismas.
6. Se reserva acordar sobre la admisión o desechamiento de las pruebas ofrecidas por las partes y por tanto se suspende la presente audiencia.
Notifíquese
Se tiene por desahogado el requerimiento efectuado, por lo que se deja sin efectos el apercibimiento decretado.
Notifíquese