TECDMX-JLI-005/2018
Acuerdos Plenarios06 de agosto de 2021
Es improcedente la aclaración de sentencia.
Notifíquese
Acuerdos Plenarios archivos - Página 37 de 55 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Es improcedente la aclaración de sentencia.
Notifíquese
No ha lugar a conocer acerca de la controversia planteada por las partes promoventes.
Se reencauza el escrito que dio origen al presente expediente a la Dirección Distrital 24 del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Notifíquese
Se tiene cumplida en lo sustancial la Sentencia del veintidós de julio de dos mil veintiuno dictada por el Pleno de este Tribunal Electoral en el Juicio en que se actúa.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Notifíquese
Es improcedente la solicitud de recuento total en sede jurisdiccional formulada por el Partido de la Revolución Democrática.
Es improcedente la solicitud de recuento parcial en sede jurisdiccional formulada por el Partido de la Revolución Democrática
Es procedente la realización, en sede administrativa de un nuevo escrutinio y cómputo de la votación.
Se ordena al Consejo Distrital 25 Cabecera de Demarcación Territorial Xochimilco del Instituto Electoral de la Ciudad de México, proceda a realizar el nuevo escrutinio y cómputo.
Notifíquese
Se deja insubsistente la sentencia de veinte de abril de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de Primer Circuito.
Notifíquese
Se reencauza el presente medio de impugnación a la 12 Dirección Distrital del Instituto Electoral.
Notifíquese
Se deja insubsistente la sentencia de veinte de abril de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de Primer Circuito.
Notifíquese
Se reencauza el escrito de demanda a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Notifíquese
Se deja insubsistente la sentencia de veinte de abril de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de Primer Circuito.
Notifíquese
Es improcedente el recuento parcial de votos solicitado en 42 casillas pertenecientes al 07 Distrito Electoral, con Cabecera en Milpa Alta, respecto a la elección de Alcaldía en esa Demarcación Territorial.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se deja insubsistente la resolución de uno de octubre de dos mil veinte, emitida en el expediente TEDF-JLT-005/2017, en cumplimiento a lo ordenado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo y Primer Circuito.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se reencauza el Juicio Electoral a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
Notifíquese
Se deja insubsistente la Resolución Incidental de seis de febrero de dos mil veinte.
Notifíquese
Se tiene sustanciaclmente cumplida la Sentencia de veintinueve de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Pleno de este Tribunal Electoral.
Notifíquese
Se tiene por cumplido el diversos Acuerdo Plenario de veinticinco de mayo del presente año emitido por este Tribunal Electoral en el Procedimiento Especial Sancionador en que se actúa.
Notifíquese
Se admite la demanda promovida por Carlos Ignacio Pimentel Macías en el presente juicio especial laboral.
Notifíquese
Se deja insubsistente el Acuerdo Plenario de catorce de abril de dos mil veintiuno, en cumplimiento a lo ordenado por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en la resolución de dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.
Notifíquese
Se tiene cumplida la Sentencia de tres de junio de dos mil veintiuno en el juicio en que se actúa.
Notifíquese
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es legalmente competente para conocer del presente juicio.
Notifíquese
Se reencauza el presente Asunto General a Juicio Electoral.
Notifíquese
Se reencauza el presente Asunto General a Juicio Electoral.
Notifíquese