TECDMX-JEL-208/2025
Acuerdos Plenarios02 de agosto de 2025
Es inatendible la petición formulada en los términos señalados en el acuerdo.
Acuerdos Plenarios archivos - Página 3 de 55 - Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Es inatendible la petición formulada en los términos señalados en el acuerdo.
Se realiza la aclaración de sentencia en los términos precisados en la resolución.
Es fundado el incidente de incumplimiento de sentencia y se vincula a la Comisión de Justicia para los efectos precisados.
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México no es competente para conocer de la controversia planteada, ya que no corresponde a la materia electoral.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por las Direcciones Distritales 17, 18 y 32 del Instituto Electoral.
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
No ha lugar otorgar la prórroga solicitada por el Órgano Dictaminador de la Alcaldía Iztacalco.
Se ordena al Órgano Dictaminador que de inmediato se pronuncie sobre la aclaración del proyecto que presentó la parte actora.
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Se reencauza el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía a Juicio Electoral.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 32 del Instituto Electoral.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 03 del Instituto Electoral.
Es improcedente la solicitud de nuevo escrutinio y cómputo de la elección de Magistraturas del Poder Judicial de la Ciudad de México realizado por la Dirección Distrital 07 del Instituto Electoral.
Se reencauza el escrito para que sea tramitado como procedimiento especial sancionador.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se determina improcedente la solicitud de recuento realizado por la parte actora.
Se escinde la demanda.
Se reencauza el escrito presentado por la parte actora, por lo que hace a la probable vulneración a las reglas de difusión de propaganda electoral, al Instituto Electoral.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza la demanda a la Alcaldía Álvaro Obregón.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.
Es improcedente el medio de impugnación en que se actúa.
Se reencauza el presente medio de impugnación a la Alcaldía, a fin de que inicie el procedimiento de aclaración contemplado en la Convocatoria.